
La capacidad económica se entiende como la idea de que:
- Solo debe tributar quien revela riqueza
- Esa riqueza puede ser real o potencial, pero nunca ficticia
- La ley tributaria debe tomar esa riqueza como fundamento del tributo y también, en la medida de lo posible, como criterio para cuantificarlo
- El sistema no puede producir resultados en los que se grave una riqueza inexistente o se imponga una carga desproporcionada respecto de la capacidad manifestada.
Capacidad económica como garantía constitucional
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